Salud y sociedad
Derecho Fundamental a la Salud
El derecho fundamental a la salud «comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud. El Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las personas. De conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, su prestación como servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado.
El derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo”.
Artículo 2. Ley 1751 de 2015 (febrero 16) conocida como la Ley Estatutaria de la Salud (LES).
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Ley%201751%20de%202015.pdf